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Exportaciones para tu gestoría

La sección Fiscal reúne lo que tu gestoría te pide cada trimestre, calculado con los mismos importes de tus facturas, céntimo a céntimo.

Por trimestre: base y cuota por cada tipo de IGIC de tus facturas emitidas, más las bases exentas y no sujetas como información. Si registras tus compras en Gastos, debajo aparece el IGIC soportado (base, cuota y cuota deducible por tipo) y una línea de resultado: repercutido menos deducible. Todo descargable en CSV.

¿Acogido al REPEP? Entonces no presentas el 420 trimestral: presentas el modelo 425 anual junto al censal 400, y la sección Fiscal te lo recuerda con un aviso.

El agregado del año natural: base y cuota por tipo de IGIC sobre todas tus facturas emitidas, las bases exentas y no sujetas como información, y una tabla por trimestre que cuadra con la suma de los cuatro 420. Las rectificativas cuentan en el trimestre de su propia fecha de expedición, así que el año siempre coincide con los trimestrales. Descargable en CSV.

¿Acogido al REPEP? Para ti el 425 sí es la declaración anual: la cifra que se declara es el volumen de operaciones (las bases exentas del año), y la sección lo muestra en primer plano. Tus facturas no repercuten IGIC, así que la tabla de tipos normalmente queda vacía.

El libro que exige el reglamento, por rango de fechas: número, fecha, cliente y NIF, tipo, base, cuota y total por factura, anuladas incluidas y marcadas. CSV listo para archivar o enviar.

Tus gastos por rango de fechas: proveedor, NIF, número de factura del proveedor, base, tipo, cuota y % deducible. El CSV añade un número de recepción correlativo generado al exportar. Aquí salen todos los gastos, también los de IVA que no entran en el 420.

El resumen anual de las retenciones de IRPF que tus clientes te practicaron: por factura y el total del año, los números que necesitas para la renta.

Todo se calcula desde tus facturas emitidas con el mismo motor de totales que generó cada factura, así que cuadra siempre con los PDF y con lo comunicado a la AEAT. Los borradores no cuentan; las anuladas se excluyen del 420 y aparecen marcadas en el libro.